Hoy en día, el emailing es una herramienta muy popular en el ámbito del marketing, una fuerza de doble filo que requiere un mínimo de conocimientos en términos de ley. ¿Por qué? Porque se refiere directamente a los datos personales de sus destinatarios. Antes de enviar sus correos electrónicos, es necesario conocer las bases de la legislación española sobre el tema, ya que implica su responsabilidad legal como organización.
¿Quién se encarga de la protección de los datos en el ámbito informático en España?
En España, en el ámbito digital, mayoritariamente es la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos), un organismo nacional que se encarga de la protección de los datos personales y que se asegura de que no se afecten los derechos humanos, las libertades individuales y la privacidad de las personas.
La AEPD monitorea a los profesionales para que sus acciones sean conformes a la legislación vigente, y acompaña a los particulares para que estos últimos gocen de una protección de sus datos personales, y sean capaces de ejercer sus derechos como es debido.
Emailing y ley
Reglas generales
En cada correo enviado, el remitente, es decir la empresa, debe necesariamente especificar su identidad de manera clara e inmediata. También debe permitir al destinatario rechazar un futuro envío, poniendo a su disposición, por ejemplo, un enlace para darse de baja o una casilla de verificación al principio o al final del correo. Finalmente, el asunto debe estar relacionado con el contenido del correo.
Reglas particulares: el caso del B2C (particulares)
Un correo comercial nunca debe enviarse sin haber obtenido previamente el consentimiento explícito del destinatario. Esta regla es imperativa, a menos que el destinatario ya sea cliente de la empresa y el envío se refiera a productos/servicios similares a los que ya habría comprado antes.
Al momento de recopilar la dirección de correo electrónico, debes obligatoriamente informar a la persona que su dirección será utilizada, entre otras cosas, para el envío de ofertas comerciales. También debes permitir claramente, fácilmente y de manera gratuita oponerse a este uso.
En resumen: siempre pide el consentimiento del destinatario de tus correos. Para ello, lo más sencillo es utilizar el opt-in o el opt-out, siendo lo ideal el doble opt-in.
El consentimiento no debe ser en ningún caso presumido o supuesto, sino indicado de manera clara y precisa.
Reglas particulares: el caso del B2B (profesionales)
En el caso de un envío de correo en B2B, el asunto del mensaje debe necesariamente tener una relación con la actividad profesional del destinatario. Al igual que en el B2C, la persona debe ser informada al momento de la recolección de que su dirección será utilizada para prospección y debe tener la posibilidad de oponerse de manera sencilla.
Atención, es importante saber que si el correo es enviado a una dirección genérica como «contacto@tuempresa.es», la obtención del consentimiento y la opción de oposición no prevalecen, ya que este tipo de dirección es considerada como la de una persona moral.
Bueno saber
- Para la legislación española, toda dirección electrónica se considera un dato personal.
- El uso de casillas pre-marcadas para obtener el consentimiento de los internautas no es legal en España.
- Evita a toda costa las bases de datos compradas o alquiladas. También debes saber que está prohibido enviar correos a direcciones obtenidas en otros sitios, en foros o en directorios, ya que esto se considera recolección desleal.
- En caso de no respetar las leyes y reglas establecidas, la empresa se expone a sanciones penales así como a multas de 750€ por mensaje enviado. También debes saber que la AEPD puede imponer multas de hasta 300,000€ en el caso de una empresa que envíe correos electrónicos a personas físicas sin haber obtenido su consentimiento previo.
Fuente principal: aepd.es